Isabel BENJUMEA BENJUMEA
Isabel BENJUMEA BENJUMEA

Ομάδα του Ευρωπαϊκού Λαϊκού Κόμματος (Χριστιανοδημοκράτες)

Μέλος

Ισπανία - Partido Popular (Ισπανία)

Ημερομηνία γέννησης : , Madrid

Αρχική σελίδα Isabel BENJUMEA BENJUMEA

Αντιπρόεδρος

REGI
Επιτροπή Περιφερειακής Ανάπτυξης

Μέλος

ECON
Επιτροπή Οικονομικής και Νομισματικής Πολιτικής
DEPA
Αντιπροσωπεία στην Κοινοβουλευτική Συνέλευση Euronest

Αναπληρώτρια

CULT
Επιτροπή Πολιτισμού και Παιδείας
PETI
Επιτροπή Αναφορών
FISC
Υποεπιτροπή Φορολογικών Θεμάτων
D-JP
Αντιπροσωπεία για τις σχέσεις με την Ιαπωνία
DLAT
Αντιπροσωπεία στην Κοινοβουλευτική Συνέλευση ΕΕ - Λατινικής Αμερικής

Τελευταίες δραστηριότητες

Ο ρόλος του πολιτισμού, της εκπαίδευσης, των μέσων ενημέρωσης και του αθλητισμού στην καταπολέμηση του ρατσισμού (A9-0027/2022 - Salima Yenbou) ES

08-03-2022
Γραπτές αιτιολογήσεις ψήφου

. – La lucha contra el racismo es un principio al cual nos adherimos. Entendemos que la cultura, la educación, los medios de comunicación y el deporte son instrumentos que ayudan a la lucha contra esta lacra social.
Entendemos, y así lo prueban los datos, que la mayoría de la sociedad europea vive en comunidad con otros grupos de distinto origen religioso, étnico o social sin mayores problemas de convivencia. Esta es pacífica y se nutre de los orígenes de cada uno de los ciudadanos para formar una sociedad abierta y que avanza hacia la integración de las minorías. Esta integración se practica por parte de las instituciones, incluso y sobre todo por los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.
Determinados movimientos, personas e incluso políticos no reflejan a la sociedad europea ni el conjunto de su acción.
Consideramos por lo tanto que el informe no refleja la sociedad europea y su situación actual y no incide en medidas que ayuden a mejorar los posibles casos aislados de racismo.
La sociedad europea construye sobre su pasado un proyecto de unión en la diversidad y entenderlo de otro modo es distorsionar la experiencia vital de todos nosotros cada día.

Μεταρρύθμιση του ενωσιακού καταλόγου φορολογικών παραδείσων (B9-0052/2021) ES

21-01-2021
Γραπτές αιτιολογήσεις ψήφου

. – Apoyo la existencia de una lista de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales con la UE.
No podemos olvidar que la existencia de estas jurisdicciones no cooperativas da lugar a gravísimas pérdidas financieras para los Estados miembros de la Unión.
Comparto el contenido de esta propuesta de Resolución que busca dotar de mayor transparencia al proceso de elaboración y revisión de la lista, una mayor participación del Parlamento Europeo y un endurecimiento de los requisitos para dejar de formar parte de la misma.
Sin embargo, no puedo aceptar que en la Unión Europea existan paraísos fiscales porque no es cierto. La propia legislación europea no permite que existan regiones o Estados no cooperadores en materia fiscal.
Por otro lado, tampoco puedo aprobar la propuesta de que la Unión Europea interfiera en las competencias de los Estados miembros y les imponga un mínimo de tributación.
En consecuencia, a pesar de estar de acuerdo con el propósito general de esta propuesta de Resolución, me veo obligada a abstenerme en la votación por no poder aceptar que se incluyan en ella la falsedad de que en Europa existan paraísos fiscales o la imposición de un mínimo de tributación fiscal en detrimento de la libre competencia fiscal.

Το δικαίωμα στην άμβλωση στην Πολωνία (B9-0373/2020) ES

26-11-2020
Γραπτές αιτιολογήσεις ψήφου

Todos los Estados miembros de la UE deben respetar el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea, el Estado de Derecho y la legalidad vigente, de modo que se garantice la seguridad jurídica para todos los ciudadanos. Por esta razón, apoyo la denuncia de la presente propuesta de Resolución contra determinadas actuaciones del Gobierno polaco al margen del debido proceso.
Sin embargo, no puedo tolerar el intento de la izquierda de politizar esta cuestión legal, y de convertirla en una causa moral de fondo a favor del aborto. El aborto no es un derecho fundamental, y siempre y cuando se codifique legalmente, de acuerdo con los requerimientos constitucionales, las restricciones de esta práctica en determinados supuestos pueden ser perfectamente compatibles con el respeto al Estado de Derecho. Por el contrario, el derecho a la vida sí que es un derecho fundamental, reconocido y amparado tanto por el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales como por la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
En consecuencia y en conciencia, voto en contra de esta propuesta de Resolución.

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