Sobre las normas aplicables a los diputados

El Parlamento Europeo se compone de 705 diputados elegidos en los 27 Estados miembros de la Unión Europea ampliada. Desde 1979, los diputados son elegidos por sufragio universal directo por un período de cinco años.

Fotografía del hemiciclo de Estrasburgo durante un pleno

Cada Estado miembro decide la forma que adoptarán sus elecciones, pero debe garantizar la igualdad de género y el secreto del voto. Las elecciones al PE se rigen por el principio de representación proporcional. La edad para votar es de 16 años en Austria, Bélgica, Alemania y Malta, de 17 años en Grecia y de 18 años en los restantes Estados miembros.

Los escaños se distribuyen con arreglo a las cifras de población de cada Estado miembro. Más de un tercio de los diputados al Parlamento Europeo son mujeres. Los diputados se agrupan por afinidades políticas, no por nacionalidades.

Los diputados al PE reparten su tiempo entre sus circunscripciones, Estrasburgo (donde se celebran 12 sesiones plenarias al año) y Bruselas (donde asisten a las sesiones plenarias adicionales y a las reuniones de las comisiones parlamentarias y los grupos políticos).

Las condiciones que rigen la actividad de los diputados están contenidas en el Estatuto de 2009.

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Integridad en el Parlamento Europeo

El Parlamento Europeo concede gran importancia a la integridad, la transparencia y la rendición de cuentas de las actividades políticas de sus diputados. Para garantizar lo anterior, el Parlamento ha puesto en marcha un número considerable de normas y medidas, que se han reforzado aún más en 2023, en el marco de un proceso de revisión global.

Código de conducta de los diputados al Parlamento Europeo

El Código de conducta entró en vigor el 1 de enero de 2012 y se revisó por última vez en 2023. Fija los siguientes principios rectores: los diputados han de actuar exclusivamente en favor del interés público y desempeñar su cometido de forma desinteresada y con integridad, transparencia, diligencia, honradez, responsabilidad y respeto de la dignidad y la reputación del Parlamento Europeo.

El Código de conducta define el concepto de «conflicto de intereses» y explica cómo han de resolverlo los diputados. Además, incluye normas sobre las obligaciones de publicidad, las actividades de los antiguos diputados y el Comité Consultivo sobre la Conducta de los Diputados.

El Código de conducta también impone a los diputados la obligación de presentar una declaración detallada de sus intereses privados, una declaración sobre el patrimonio y, en su caso, una declaración sobre conocimiento de conflictos de intereses. Asimismo, el Código de conducta obliga a los diputados a publicar todas las reuniones programadas (también en caso de delegación a sus asistentes) con representantes de intereses comprendidos en el ámbito de aplicación del Registro de transparencia y con representantes de las autoridades públicas de terceros países. Los diputados también están obligados a notificar su asistencia a actos organizados por terceros cuando el reembolso de los gastos de viaje, alojamiento o estancia (o el pago directo de dichos gastos) corra, total o parcialmente, a cargo de terceros. La información facilitada por los diputados en sus declaraciones puede consultarse en la página de perfil individual de cada diputado, excepto en el caso de la declaración sobre el patrimonio, que no es pública.

Los diputados también deben declarar los obsequios que hayan recibido cuando representen oficialmente al Parlamento por un valor aproximado superior a 150 EUR, en las condiciones establecidas en las medidas de aplicación del Código de conducta. Dichos obsequios deberán consignarse en el registro de obsequios.

El presidente puede sancionar a cualquier diputado que haya infringido el Código de conducta. Esta sanción será anunciada por el presidente en sesión plenaria y publicada de forma destacada en el sitio web del Parlamento.

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El Comité Consultivo sobre la Conducta de los Diputados

El Comité Consultivo sobre la Conducta de los Diputados es el órgano responsable de ofrecer a los diputados orientaciones sobre la interpretación y aplicación del Código de conducta. Cuando el presidente lo solicita, o tras recibir información directamente, el Comité Consultivo también examina casos de presunta infracción del Código de conducta y asesora al presidente sobre la posible adopción de medidas. El Comité Consultivo supervisa de forma proactiva el cumplimiento del Código de conducta y de sus medidas de aplicación por parte de los diputados.

El Comité Consultivo está integrado por ocho diputados, designados por el presidente en función de su experiencia y del equilibrio político y de género del Comité. La presidencia del Comité Consultivo rota cada seis meses entre sus miembros. El presidente designa también a un miembro de reserva para cada grupo político no representado en el Comité Consultivo.

El Comité Consultivo publica un informe anual sobre sus actividades.

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7ª legislatura:
8ª legislatura:
9ª legislatura:

Otras normas sobre transparencia y ética de los diputados

Transparencia y rendición de cuentas

Más allá de las obligaciones que incumben a todos los diputados en virtud del Código de conducta, el Parlamento Europeo ha establecido una serie de normas específicas que mejoran la transparencia y la ética en todos los ámbitos de actividad. En ellas, se presta especial atención a la ética de los grupos de presión.

Participación de los grupos de presión en eventos

Las organizaciones sujetas a las normas del Registro de transparencia solo podrán organizar o coorganizar actos en el Parlamento si se han inscrito correctamente en el registro.

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Reglamentación relativa a los antiguos diputados

Se prohíbe a los antiguos diputados ejercer actividades de presión en el Parlamento durante los primeros seis meses posteriores al final de su mandato. Si llevan a cabo actividades de representación de intereses al cabo de seis meses, deben inscribirse en el Registro de transparencia. Los antiguos diputados están autorizados a entrar en los edificios del Parlamento en su calidad de antiguos diputados, pero no pueden utilizar dicho acceso para llevar a cabo actividades de representación de intereses.

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Salarios y pensiones

Salario de los diputados al Parlamento Europeo

Todos los diputados al PE perciben, en general, la misma asignación en virtud del Estatuto único que entró en vigor en julio de 2009.

Con arreglo al Estatuto único, la asignación mensual de los diputados al PE a 1 de julio de 2023 asciende, antes de impuestos, a 10 075,18 euros. La asignación se abona con cargo al presupuesto del Parlamento Europeo y está sujeta a un impuesto de la UE y al pago de una cotización a un seguro de accidentes; una vez deducidos los importes correspondientes, la asignación asciende a 7 853,89 euros. Los Estados miembros también pueden someter dicha asignación a impuestos nacionales. La asignación básica equivale al 38,5 % del sueldo base de un juez del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Existen varias excepciones: los diputados al PE que ya pertenecieran al Parlamento antes de las elecciones de 2009 pueden optar por mantener el sistema nacional anterior en lo que se refiere a las asignaciones, las indemnizaciones transitorias y las pensiones.

Pensiones

De conformidad con el Estatuto, los antiguos diputados tienen derecho a una pensión de jubilación cuando cumplan los 63 años de edad. La pensión asciende a un 3,5 % del importe de la asignación parlamentaria por cada año completo de ejercicio del mandato más una doceava parte de dicha cifra por cada mes completo de mandato adicional. No obstante, el importe resultante no puede superar el 70 % de la asignación total de los diputados al Parlamento Europeo. El coste de estas pensiones se cubre con cargo al presupuesto de la Unión.

Desde julio de 2009, los nuevos diputados no pueden afiliarse al fondo de pensiones voluntario creado para los diputados al PE en 1989, que se está suprimiendo progresivamente.

Dietas abonadas a los diputados al Parlamento Europeo

Al igual que los diputados de los Parlamentos nacionales, los diputados al Parlamento Europeo perciben una serie de dietas destinadas a cubrir los gastos en que incurren durante el ejercicio de sus funciones.

Dietas para gastos generales

Estas dietas están destinadas a cubrir los gastos en el Estado miembro de elección, tales como los gastos de gestión de oficina de los diputados, los gastos de teléfono y los gastos postales, así como la compra, el funcionamiento y el mantenimiento de los equipos informáticos y telemáticos. Las dietas se reducen a la mitad si los diputados no asisten a la mitad de las sesiones plenarias en un año parlamentario (de septiembre a agosto) sin la debida justificación.

El importe de estas dietas en 2024 asciende a 4 950 euros mensuales.

Gastos de viaje

La mayoría de las reuniones del Parlamento Europeo, como las sesiones plenarias, las reuniones de las comisiones o las reuniones de los grupos políticos, tienen lugar en Bruselas o Estrasburgo. Los diputados al PE tienen derecho al reembolso del coste real de sus billetes de viaje para asistir a esas reuniones, previa presentación de recibos, hasta un límite máximo equivalente a la tarifa de la clase «business D» o similar para los viajes en avión, a la tarifa de primera clase para los viajes en tren o hasta un límite de 0,58 euros por kilómetro para los viajes en automóvil (hasta un máximo de 1 000 kilómetros), además de unas dietas fijas calculadas en función de la distancia y de la duración de la misión y destinadas a cubrir los restantes gastos relacionados con el viaje (como, por ejemplo, los peajes de autopistas, los gastos por exceso de equipaje o los gastos de reserva).

Otros gastos de viaje

Con frecuencia, los diputados tienen que viajar fuera de su Estado miembro de elección o dentro del mismo en el ejercicio de sus funciones, pero con fines distintos a la asistencia a reuniones oficiales (por ejemplo, para asistir a una conferencia o realizar una visita de trabajo).

Por ello, para las actividades que desarrollen fuera de su Estado miembro de elección, los diputados tienen derecho al reembolso de sus gastos de viaje, alojamiento y otros gastos asociados hasta un máximo anual de 4 886 euros. Para las actividades que desarrollen en su Estado miembro de elección, los diputados solo tienen derecho al reembolso de los gastos de transporte, con un máximo anual establecido para cada país.

Dietas diarias (también denominadas dietas de estancia)
  • El Parlamento paga una dieta diaria fija de 350 euros para cubrir todos los demás gastos en que incurren los diputados con ocasión de los periodos de actividades parlamentarias, siempre que acrediten su presencia firmando uno de los registros oficiales abiertos a tal efecto.
  • En los días de votación en el Pleno, si un diputado falta a más de la mitad de las votaciones nominales, esta dieta se reduce a la mitad, aunque haya estado presente. En el caso de las reuniones celebradas fuera de la Unión Europea, la dieta es de 175 euros (siempre supeditada a la firma de un registro), y las facturas de hotel se reembolsan por separado.

Disposiciones relativas al personal

Los diputados al Parlamento Europeo pueden elegir libremente a sus asistentes, siempre y cuando respeten la dotación presupuestaria fijada por el Parlamento y las condiciones establecidas en el capítulo 5 de las Medidas de aplicación del Estatuto de los diputados.

En 2024, el importe máximo mensual disponible es de 28 696 euros por diputado. Dicho importe no se abona a los diputados, sino que se paga como sueldo a los asistentes que cumplen las condiciones y disponen de un contrato válido, así como a los organismos encargados de recaudar los impuestos sobre los sueldos.

Los diputados pueden recurrir a varios tipos de asistentes.

Los asistentes acreditados, contratados en Bruselas (o en Luxemburgo / Estrasburgo), dependen directamente de la administración del Parlamento. Los diputados pueden contratar a tres asistentes acreditados, incluso cuatro en determinadas condiciones. Al menos el 25 % de los gastos de asistencia parlamentaria se reserva para los asistentes acreditados.

Los asistentes locales asisten a los diputados en el Estado miembro en que estos han sido elegidos. Dichos contratos son gestionados por un agente pagador cualificado, que garantiza el correcto cumplimiento de las disposiciones en materia de seguridad social y régimen fiscal. Los contratos de los asistentes locales pueden ser contratos de trabajo o contratos de prestación de servicios.

Los becarios pueden efectuar un período de prácticas bien en las instalaciones del Parlamento, bien en el Estado miembro de elección.

El coste total para los asistentes locales y los becarios no puede rebasar el 75 % de los gastos de asistencia parlamentaria. El coste de los prestadores de servicios no puede superar el 25 % de estos gastos.

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Se han establecido límites máximos comparables para los prestadores que son personas jurídicas o para los agentes pagadores.

Varios diputados pueden formar una agrupación de diputados para contratar a uno o varios asistentes acreditados o contratados en los Estados miembros. Entre ellos definen las claves de reparto de los costes.

Los diputados no pueden contratar como asistentes a familiares cercanos. Los asistentes evitarán ejercer actividades externas que puedan crear un conflicto de intereses.

Los nombres o las razones sociales de todos los asistentes se publicarán en el sitio web del Parlamento durante el periodo de vigencia de su contrato, salvo en caso de que se establezca una excepción únicamente por razones de seguridad debidamente justificadas.

Las elecciones europeas y nacionales en cifras

Esta publicación es la base de datos más completa disponible sobre la evolución del espectro político en la Unión, muestra los resultados electorales y la composición del Parlamento Europeo desde sus primeras elecciones directas en 1979. Además, Panorama también ofrece una visión general de las elecciones nacionales recientes en todos los Estados miembros de la Unión.